Giveaways de los influencers: juegos promocionales sometidos a autorización de Coljuegos

Escrito por: Natalia Miranda

En noviembre de 2021, Coljuegos[1] llamó la atención de los influencers, anotando que los sorteos o giveaways que ofrecen en redes sociales están sometidos a las autorizaciones y permisos previstos en la Ley 643 de 2001 y el Decreto 1068 de 2015. Esta advertencia no es una disposición novedosa en el ordenamiento colombiano, pero sí da cuenta de una obligación legal que los influenciadores digitales deben respetar como actores del mercado. En efecto, es usual que los influenciadores se sirvan de los sorteos o giveaways para consolidar su posición o la de una marca aliada (influencers marketing) en redes sociales. Así las cosas, el comunicado de Coljuegos es de suma importancia para realizar campañas exitosas de influencers marketing, evitando sanciones administrativas, penales y aduaneras por el incumplimiento de la ley[2]. A continuación, se explica el sustento de este aviso.

Para empezar, Coljuegos en la Empresa Industrial y Comercial del Estado que se encarga de la “explotación, administración, operación y expedición de reglamentos de los juegos que hagan parte del monopolio rentístico sobre los juegos de suerte y azar que por disposición legal no sean atribuidos a otra entidad”[3]. Por lo anterior, está facultada para otorgar autorizaciones para la operación de juegos de suerte y azar de monopolio del Estado, así como realizar control sobre las personas naturales y jurídicas que ejecuten este tipo de juegos[4]. Como se observa, Coljuegos es la entidad estatal encargada de velar por la correcta ejecución y administración de los juegos de suerte y azar, entendidos como aquellos donde el jugador apuesta o paga por el derecho de participar a un operador, quien a cambio le ofrece un premio en dinero o especie según los resultados del juego, los cuales son determinados por la suerte, azar o la casualidad[5].

En ese sentido, la ley define distintas clases de juegos de suerte y azar como los juegos promocionales, localizados y novedosos. Para el caso de los influenciadores colombianos, les puede aplicar el régimen de juegos promocionales. Estos se caracterizan por ser “organizados y operados con fines de publicidad o promoción de bienes o servicios, establecimientos, empresas o entidades, en los cuales se ofrece un premio al público, sin que para acceder al juego se pague directamente”[6]. Siempre que el juego opere en dos o más departamentos se entiende como un juego de carácter nacional y su operador está obligado a solicitar autorización por parte de Coljuegos[7], debiendo pagarle derechos de explotación por el 14% del valor total de los premios[8]. Tales recursos son destinados a contratar con empresas sociales del Estado o entidades públicas o privadas la prestación de servicios de salud del régimen subsidiado[9].

Ahora bien, los juegos promocionales pueden ser desarrollados por personas naturales o jurídicas interesadas en fidelizar y atraer nuevos clientes. Son ejemplo los sorteos aleatorios de bonos de descuento entre los clientes inscritos en la base de datos de un almacén. En este sentido, una práctica frecuente de los influenciadores es premiar a los seguidores de su cuenta por medio de regalos como prendas de vestir, celulares, viajes y demás. Para ello, como requisitos y condiciones del concurso, suelen pedir a los interesados dar like y/o comentar una de sus publicaciones, etiquetar otras cuentas interesadas en participar y seguir su perfil. Luego de ello, utilizan apps que eligen al azar uno de los comentarios o likes de la publicación, determinando la cuenta del ganador. Como se observa, no se paga por participar, su resultado es aleatorio y el objetivo del juego es promocionar la cuenta del influencer al aumentar su engagement por medio del alto número de interacciones, destacando su perfil de los demás. A través de esta actividad mantienen el interés en su perfil de redes sociales, aumentan su alcance y agradecen a su comunidad por el apoyo a su contenido. Como se muestra, los giveaways o sorteos ofrecidos por los influenciadores digitales encajan en la definición de juegos promocionales de la ley, por lo cual están sometidos al régimen anteriormente explicado.

De acuerdo con lo anterior, las celebridades digitales deben tener en cuenta los siguientes puntos para realizar estas dinámicas con sus seguidores:

  1. Cumplir con los requisitos de autorización para operar juegos promocionales, previstos en el artículo 2.7.4.3 del Decreto 1068 de 2015. Esta norma exige el pago de los derechos de explotación del juego; garantía de cumplimiento por el 100% del valor total de los premios, expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia, cuyo asegurado sea Coljuegos y los beneficiarios terceros; indicación del lugar y término de operación del juego; anexar la factura de compra que compruebe la propiedad de los premios, la promesa de compraventa o cotización de los mismos con certificado de disponibilidad de recursos para su pago; términos y condiciones del juego; entre otros.
  2. La solicitud de autorización se puede hacer de forma electrónica en el sitio web de Coljuegos.
  3. Recibida la solicitud, Coljuegos cuenta con 15 días hábiles para estudiar y emitir acto administrativo favorable o desfavorable[10]. En el último evento, el acto es susceptible de recursos bajo los términos del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo[11].
  4. Si el premio es en dinero, requiere solicitar autorización de entidades financieras y aseguradoras[12].
  5. El incumplimiento de la solicitud de autorización deriva en multas cuyo valor asciende hasta los 100 SMLMV e inhabilidad para operar y realizar juegos promocionales hasta por 5 años, además de sanciones administrativas y aduaneras.

Es importante destacar que la importancia de cumplir con esta obligación, más allá de cumplir un requisito legal, estriba en la garantía y seguridad de cumplir con la entrega del premio ofrecido, así como la financiación del sistema de salud colombiano. Con ello, se resalta que el cumplimiento de los requisitos para operar juegos de suerte y azar es sencillo, e implica una planeación correcta de las actividades promocionales de una persona natural o jurídica.


[1] COLJUEGOS. Boletín número 24. Concursos, sorteos o ‘giveaways’ que tengan suerte y azar en las redes sociales deben tener permiso de Coljuegos. 4 de noviembre de 2021. Disponible en: https://www.coljuegos.gov.co/publicaciones/306332/boletin-no-24-concursos-sorteos-o-giveaways-que-tengan-suerte-y-azar-en-las-redes-sociales-deben-tener-permiso-de-coljuegos/. [Consultado el 9 de febrero de 2022].

[2] Artículo 20 de la Ley 1393 de 2010.

[3] Artículo 2 del Decreto 4142 de 2011, por el cual se crea la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar, COLJUEGOS.

[4] Artículo 5 del Decreto 4142 de 2011, por el cual se crea la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar, COLJUEGOS.

[5] Artículo 5 de la Ley 643 de 2001.

[6] Artículo 31 de la Ley 643 de 2001

[7] Artículo 2.7.4.2 del Decreto 1068 de 2015

[8] Artículo 31 de la Ley 643 de 2001.

[9] Artículo 42 de la Ley 643 de 2001.

[10] Artículo 2.7.4.5 del Decreto 1068 de 2015.

[11] Artículo 2.7.4.6 del Decreto 1068 de 2015.

[12] Artículo 2.7.4.8 del Decreto 1068 de 2015.

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